Los psicólogos deben
obtener consentimiento válido tanto de las personas que participan como sujetos voluntarios en
proyectos de investigación como de aquellas con las que trabajan en su práctica
profesional. La obligación de obtener el consentimiento da sustento al respeto por la
autonomía de las personas, entendiendo que
dicho consentimiento es válido cuando la persona que lo brinda lo hace voluntariamente y con capacidad para
comprender los alcances de su acto; lo que implica capacidad legal para consentir,
libertad de decisión e información suficiente sobre la práctica de la que
participará, incluyendo datos sobre naturaleza, duración, objetivos, métodos,
alternativas posibles y riesgos potenciales de tal participación. Se entiende
que dicho consentimiento podrá ser retirado si considera que median razones
para hacerlo.
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